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Legislación

¿Quién paga la baja por maternidad?

E Equipo LapsoWork
¿Quién paga la baja por maternidad?

Cuando una trabajadora o un trabajador de tu plantilla va a ser madre o padre, surge casi siempre la misma duda en la empresa: durante esas semanas de ausencia, ¿quién paga el sueldo? ¿Sale del bolsillo de la empresa o lo asume la Seguridad Social? Es una pregunta lógica, porque afecta directamente a la nómina y a la caja de la pyme. Vamos a resolverla de forma clara.

¿Qué es la baja por maternidad?

Lo primero, una aclaración de nombre. Lo que popularmente seguimos llamando “baja por maternidad” hace años que dejó de existir como tal en la ley. Desde 2021 el permiso es igual para ambos progenitores y se llama permiso por nacimiento y cuidado del menor. Es un derecho recogido en el Estatuto de los Trabajadores que suspende el contrato de trabajo —sin extinguirlo— para que la madre o el padre puedan dedicarse al cuidado del bebé recién nacido, adoptado o acogido.

Durante ese periodo el contrato queda “en pausa”: la persona no acude al trabajo, pero mantiene su puesto y sigue de alta en la Seguridad Social.

¿Quién paga la baja por maternidad?

Aquí está la respuesta que buscas: la baja por maternidad la paga la Seguridad Social, no la empresa. Concretamente es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) quien abona la prestación económica al trabajador durante todo el permiso.

La cuantía es del 100 % de la base reguladora, es decir, prácticamente el mismo importe que la persona cobraba antes de la baja. La empresa no adelanta ese dinero ni lo asume: su única obligación es tramitar el parte y mantener el alta. Eso sí, durante ese tiempo la empresa sí sigue pagando su parte de las cotizaciones sociales del trabajador.

¿Cuánto dura el permiso en 2026?

Desde el 1 de enero de 2026, el permiso por nacimiento y cuidado del menor se amplía a 19 semanas retribuidas por cada progenitor (Real Decreto-ley 9/2025). Se reparten así:

  • 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas justo tras el parto, la adopción o el acogimiento.
  • 11 semanas flexibles, que se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla 12 meses.
  • 2 semanas adicionales, utilizables hasta que el niño cumpla 8 años.

En el caso de familias monoparentales, el permiso alcanza las 32 semanas.

¿En qué situaciones se puede ampliar?

El permiso puede alargarse por encima de esas 19 semanas en varios supuestos:

  • Parto múltiple: una semana adicional por progenitor por cada hijo a partir del segundo.
  • Discapacidad del menor: una semana adicional por progenitor.
  • Parto prematuro con hospitalización superior a 7 días: hasta 13 semanas adicionales.

Además, este permiso es compatible con el permiso parental de hasta 8 semanas del artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, que se puede disfrutar hasta que el menor cumpla 8 años (este último, no retribuido por defecto).

¿Cómo lo afronto desde la empresa?

Aunque la Seguridad Social pague la prestación, la empresa sí carga con la parte administrativa: tramitar el parte, planificar la sustitución y organizar la vuelta. Cuanto más ordenada tengas la información de tu plantilla, menos margen de error.

Un software de gestión de vacaciones y ausencias te permite registrar cada permiso, calcular fechas de reincorporación y tener a mano toda la documentación desde un gestor documental centralizado. Así el permiso por nacimiento deja de ser un quebradero de cabeza y se convierte en un trámite más, controlado y sin sorpresas.

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