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Legislación

¿Quién paga la baja por accidente laboral?

E Equipo LapsoWork
¿Quién paga la baja por accidente laboral?

Cuando un trabajador sufre un accidente laboral y causa baja médica, surge de inmediato una duda muy práctica tanto para la persona afectada como para la empresa: ¿quién paga esos días que no se trabajan? La respuesta corta es que la empresa adelanta el dinero, pero no es ella quien lo asume finalmente. Vamos a verlo con detalle, con las cifras y plazos vigentes en 2025, para que en tu pyme sepas exactamente cómo gestionar la situación.

¿Quién paga la baja por accidente laboral?

En una baja derivada de accidente de trabajo, la empresa es quien abona el sueldo al trabajador durante la incapacidad temporal. Pero lo hace en forma de pago delegado: adelanta la prestación en la nómina y después la mutua colaboradora (o el Instituto Nacional de la Seguridad Social, según con quién tenga cubiertas las contingencias profesionales) le devuelve ese importe.

Es decir, el dinero sale del bolsillo de la mutua o de la Seguridad Social, pero llega al trabajador a través de la nómina que gestiona su empresa. Para el empleado esto es una ventaja: no tiene que reclamar nada a la mutua, cobra directamente en su nómina habitual.

La obligación de mantener este pago delegado se extiende durante los primeros 365 días de baja. Ese plazo puede prorrogarse hasta 180 días más (un total de 545 días, es decir, 18 meses) cuando el tribunal médico considere que en ese periodo el trabajador puede recibir el alta por curación. Si la incapacidad temporal supera los 18 meses, la Seguridad Social examina el estado del trabajador y decide si procede el alta, una prórroga excepcional o el inicio de un expediente de incapacidad permanente, momento en el que las prestaciones pasan a gestionarse de otra forma.

¿Cuánto se cobra estando de baja por accidente laboral?

Aquí está una de las grandes diferencias respecto a la baja por enfermedad común. En un accidente de trabajo, la prestación es más generosa desde el primer día:

  • El día del accidente lo paga íntegramente la empresa, como si fuera una jornada trabajada.
  • A partir del día siguiente, el trabajador percibe el 75% de la base reguladora correspondiente al mes anterior a la baja.

Este porcentaje es el mínimo legal, pero muchos convenios colectivos mejoran la prestación y complementan la nómina hasta alcanzar el 100% del salario habitual durante todo el periodo de baja o durante un número determinado de días. Por eso conviene revisar siempre el convenio aplicable a tu sector antes de calcular lo que cobrará la persona afectada.

Un detalle importante para la gestión: al dar de alta al trabajador tras la baja, es posible que aparezca un ajuste por el prorrateo de las pagas extraordinarias, ya que la base reguladora de la prestación ya incluye la parte proporcional de las extras.

¿Se puede despedir a un trabajador estando de baja por accidente?

Estar de baja médica no es, por sí solo, una causa válida de despido. Desde la reforma que suprimió el antiguo artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores, no se puede despedir a alguien únicamente por sus ausencias justificadas derivadas de una baja médica. Además, la Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato refuerza la protección: un despido motivado exclusivamente por el estado de salud o la enfermedad puede considerarse nulo por discriminatorio, con la obligación de readmitir al trabajador.

Esto no significa que la relación laboral sea intocable durante la baja. Sí es posible extinguir el contrato cuando existe una causa justificada e independiente del accidente o la enfermedad: por ejemplo, un despido disciplinario por incumplimientos graves debidamente acreditados, o causas objetivas de tipo económico, técnico, organizativo o productivo que afecten al puesto. También finaliza el contrato de forma natural cuando llega su término, en el caso de los temporales.

La clave para la empresa es documentar y motivar siempre cualquier decisión con una causa ajena a la situación de baja, porque de lo contrario el despido corre el riesgo de declararse improcedente o incluso nulo.

Diferencia entre accidente laboral y enfermedad común

Merece la pena recordar por qué la baja por accidente laboral es más ventajosa que la de contingencia común:

  • Porcentaje de la prestación: en accidente laboral se cobra el 75% de la base reguladora desde el segundo día; en enfermedad común se cobra el 60% entre el día 4 y el 20, y el 75% a partir del día 21.
  • Base de cálculo: en la contingencia profesional se usa una base reguladora que suele ser más alta.
  • Quién adelanta el pago: en ambos casos existe pago delegado, pero en el accidente laboral la responsable última es la mutua de accidentes de trabajo o la Seguridad Social por contingencias profesionales.

Por eso es fundamental que el parte de baja identifique correctamente la contingencia: un accidente que se tramita erróneamente como enfermedad común perjudica económicamente al trabajador.

Cómo gestionar bien las bajas en tu pyme

Para una empresa pequeña, llevar el control de las bajas, los partes, las ausencias y los plazos legales a mano es una fuente constante de errores. Tener un registro claro de la jornada de cada persona y de sus ausencias facilita mucho la gestión con la mutua y la Seguridad Social, y evita problemas en caso de inspección.

Un buen software de control horario te permite registrar de forma automática las jornadas y las ausencias, con lo que documentar el día exacto del accidente y el periodo de baja resulta inmediato. Y si además centralizas los partes médicos y la documentación laboral en un gestor documental, tendrás todo lo que necesites disponible al momento, sin buscar papeles ni correos.

En resumen: en una baja por accidente laboral el trabajador cobra el 75% de la base reguladora (o más, según convenio) desde el primer día, la empresa adelanta ese importe mediante pago delegado y es la mutua o la Seguridad Social quien lo asume realmente. Conocer bien estos plazos y porcentajes te ahorra sustos y te ayuda a gestionar las incidencias de tu plantilla con tranquilidad.

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