Saltar al contenido
Control horario

Control horario de trabajadores: ley, obligaciones y preguntas frecuentes

E Equipo LapsoWork
Control horario de trabajadores: ley, obligaciones y preguntas frecuentes

Desde 2019 todas las empresas de España están obligadas a registrar la jornada de sus trabajadores. Sea cual sea el tamaño de tu plantilla o el sector en el que operes, si tienes personal por cuenta ajena tienes que llevar un control horario. Y no es una recomendación: es una obligación legal cuyo incumplimiento se paga caro. En esta guía te explicamos qué es exactamente el control horario, qué dice la ley, qué obligaciones tienes como empresa y cómo cumplir sin dedicarle medio día a rellenar hojas de Excel.

¿Qué es el control horario?

El control horario es el registro diario y obligatorio de la jornada de cada persona trabajadora: la hora en que empieza a trabajar y la hora en que termina. Su objetivo es luchar contra la precariedad laboral, dar visibilidad a las horas extraordinarias y garantizar que se respetan los descansos y los límites de jornada que marca el Estatuto de los Trabajadores.

Este registro es obligatorio para todos los trabajadores, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, e independientemente de que trabajen de forma presencial o en teletrabajo. No importa que la empresa tenga dos empleados o doscientos: la obligación es la misma.

La ley del control horario: del Real Decreto-ley 8/2019 al fichaje digital

El origen de la obligación está en el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral. Modificó el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores y estableció que, a partir del 12 de mayo de 2019, todas las empresas deben garantizar el registro diario de jornada.

Desde entonces la normativa se ha ido reforzando. La tendencia clara del legislador es hacia el registro digital, fiable e inalterable: se busca terminar con los sistemas de papel fácilmente manipulables y con las hojas de firma que se rellenan a final de mes. Las nuevas exigencias apuntan a que el fichaje sea accesible de forma telemática para la Inspección de Trabajo, para la representación legal de los trabajadores y para cada empleado respecto de sus propios datos.

En la práctica, esto significa que un sistema de control horario moderno ya no puede limitarse a un cuadrante en papel: tiene que registrar cada fichaje con marca de tiempo, conservarlo de forma segura y permitir su consulta cuando la autoridad lo requiera.

¿Qué obligaciones tiene la empresa?

Si eres empresario o responsable de RRHH, la ley te exige cumplir varios puntos concretos:

  • Registrar la jornada de cada trabajador todos los días, con la hora de inicio y la hora de finalización.
  • Conservar los registros durante 4 años. Durante ese periodo deben estar disponibles y ser fácilmente accesibles.
  • Poner los registros a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales (sindicatos, comité de empresa) y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  • Negociar el sistema de registro mediante convenio colectivo, acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con la representación legal de los trabajadores.

Un matiz importante: el registro tiene que reflejar la jornada real, no la teórica del contrato. Si un trabajador a tiempo parcial hace horas de más, el registro debe recogerlas. Esa es precisamente una de las cosas que más vigila la Inspección.

¿Cuáles son las infracciones y sanciones?

No llevar el control horario, o hacerlo de forma incorrecta, se considera una infracción grave en materia de relaciones laborales según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Las cuantías se han actualizado al alza en los últimos años, de modo que hoy las sanciones son considerablemente más elevadas que en la redacción original de la ley.

A grandes rasgos, las multas se estructuran así:

  • Infracciones leves: desde unos 70 € en su grado mínimo.
  • Infracciones graves (aquí entra la falta de registro de jornada): desde alrededor de 751 € en el grado mínimo hasta cerca de 7.500 € en el grado máximo.
  • Infracciones muy graves: pueden superar ampliamente los 200.000 € en los casos más serios.

Además, la sanción se aplica por centro de trabajo, no una sola vez por empresa. Es decir, una cadena con varios locales puede acumular varias multas en una sola inspección. A esto se suma que la ausencia de registro suele acarrear regularizaciones de horas extras no cotizadas ante la Seguridad Social, lo que multiplica el coste real del incumplimiento.

¿Cómo debe ser el registro horario?

La ley no impone una tecnología concreta, pero sí exige que el registro sea objetivo, fiable y accesible. En la práctica, un buen sistema de control horario debe:

  • Registrar la jornada diaria de forma individualizada, con la hora concreta de entrada y de salida.
  • Ser fiable e inalterable, de modo que no se pueda modificar el histórico a conveniencia.
  • Conservarse durante los 4 años exigidos y poder exportarse cuando lo pida la Inspección.
  • Permitir la consulta por parte del trabajador, de sus representantes y de la autoridad laboral.

Se admite el registro en papel, pero es la opción más problemática: se pierde, se rellena a posteriori y es muy fácil de cuestionar en una inspección. Por eso la recomendación clara es optar por un sistema digital, idealmente con app móvil para que cada persona pueda fichar desde donde trabaje, algo imprescindible en modelos de teletrabajo o para plantillas que se desplazan.

Preguntas frecuentes sobre el control horario

¿Están obligadas las pymes y los autónomos con empleados? Sí. La obligación no depende del tamaño de la empresa. Cualquier empresa con trabajadores por cuenta ajena debe registrar la jornada, incluidos los autónomos que tengan personal contratado.

¿Hay que fichar también en teletrabajo? Sí. El control horario es igual de obligatorio en remoto que en presencial. La solución práctica es un sistema con fichaje desde el móvil o el navegador.

¿Tengo que registrar las horas extras? El registro debe reflejar la jornada real, así que las horas que excedan la ordinaria quedarán reflejadas. Las horas extraordinarias tienen además sus propias reglas de compensación y cotización.

¿Durante cuánto tiempo hay que guardar los registros? Cuatro años, y deben estar disponibles para trabajadores, representantes legales e Inspección de Trabajo.

LapsoWork: control horario sencillo y conforme a la ley

Cumplir con el registro de jornada no tiene por qué convertirse en una carga administrativa. Con LapsoWork tus empleados fichan en un par de toques desde el móvil o el ordenador, y cada entrada y salida queda registrada con marca de tiempo, guardada de forma segura y lista para exportar en caso de inspección.

El sistema es compatible con iOS y Android, funciona igual de bien en oficina que en teletrabajo, y se integra con el resto de la gestión de personas: vacaciones, turnos, nóminas y documentación. Así, además de cumplir la ley, ganas visibilidad sobre las horas de tu equipo y ahorras horas de trabajo administrativo cada mes.

Si quieres ver cómo funciona con tu plantilla, puedes solicitar una demo o consultar nuestros precios para pymes.

¿Te ha gustado el artículo? Compártelo:

El caos administrativo no se arregla solo.

Prueba LapsoWork 30 días gratis, sin tarjeta de crédito. Si no te convence, te vas sin pagar nada.

Empieza gratis 30 días

¿Prefieres que te lo enseñemos? Habla con el equipo

  • Sin tarjeta
  • Sin permanencia
  • 4,7★ en App Store